A- de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Aleyda Ruiz Leyton·Respondent Policia Nacional Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Reiteración de Jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de Competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Popayán, Sala Civil y el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de esa misma ciudad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Considera la Corte Constitucional que el Tribunal, al declararse incompetente invocando como fundamento para ello el Decreto 1382 de 2000 y disponer el rechazo de la acción, pretermitió la competencia a prevención que la Constitución le ha conferido a todos los jueces constitucionales para conocer y tramitar acciones de tutela.
Reitera la Sala, que las reglas establecidas en dicha norma son de reparto y no de competencia.
Se precisa, que lo debió hacer el citado funcionario era avocar la solicitud de amparo y darle el trámite respectivo.
Con base en lo anterior, se decide el asunto ordenando la remisión del expediente al Tribunal Superior de Popayán para que, sin más demoras, proceda a impartirle el trámite de la primera instancia y a proferir la decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto de 30 de julio de 2015, proferido por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Popayán, dentro de la acción de tutela interpuesta por la señora Aleyda Ruiz de Leyton en contra del Subsistema de Salud de la Policía Nacional y Asmet Salud EPS.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el auto de 4 de agosto de 2015, proferido por el Juzgado 3º Administrativo de Popayán, dentro de la acción de tutela interpuesta por la señora Aleyda Ruiz de Leyton en contra del Subsistema de Salud de la Policía Nacional y Asmet Salud EPS.
- TERCERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto de 13 de agosto de 2015, proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, dentro de la acción de tutela interpuesta por la señora Aleyda Ruiz de Leyton en contra del Subsistema de Salud de la Policía Nacional y Asmet Salud EPS.
- CUARTO. Por Secretaría General, REMÍTASE el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por la señora Aleyda Ruiz de Leyton en contra del Subsistema de Salud de la Policía Nacional y Asmet Salud EPS, a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Popayán, para que, sin más demora, proceda a impartirle el trámite de la primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado
- QUINTO. Por Secretaría General, COMUNÍQUESE la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado 3º Administrativo de Popayán.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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